PRESENTACIÓN
Desde aquí os presentamos los Estatutos de esta Asociación a la que pueden pertenecer docentes, en activo o no, y la posibilidad de que os inscribáis en la misma y nos hagáis llegar vuestras aportaciones.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DEGENA
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Quiero formar parte de esta Asociación…
Si deseas formar parte de esta Asociación completa este formulario con tus datos: nombre y apellidos, correo electrónico y centro de trabajo.
FORMULARIO
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lunes, 22 de noviembre de 2010
Sí podemos cambiar las cosas...
sábado, 13 de noviembre de 2010
Planes de Centro Coeducativos
Por eso es importante moverse rápido y hacer propuestas y sugerencias a los documentos que están elaborando los equipos directivos.
Por si queréis usarlo, aquí os enlazamos material que os puede ser últil.
Por otra parte, todas las aportaciones que creáis de interés serán bienvenidas.
miércoles, 22 de septiembre de 2010
En el inicio de curso...
Después de la publicación de los Decretos reguladores de los Reglamentos de Organización de los Centros (ROC), con la lamentable ausencia en los mismos de cualquier referencia a la equidad de género en la educación, corresponde ahora que sigamos insistiendo en no dejar fuera de nuestra práctica docente una visión de la educación que nos aproxime al objetivo de la equidad de género. Por eso, desde DEGENA, creemos necesario acometer algunas acciones que ponemos a vuestra consideración y en las que necesitamos un trabajo de colaboración de todas las personas asociadas para que sean efectivos nuestros objetivos:
1. La implicación en la elaboración del Proyecto Educativo de cada centro, participando activamente en la elaboración del mismo con la aportación de propuestas que lo aproximen o hagan de él un Proyecto Coeducativo de Centro.
2. El mantenimiento del estatus y el grado de competencias de la persona que coordine la coeducación en cada centro y que establece el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación. En este sentido, os recordamos que la Orden de 15 de mayo de 2006 que desarrolla el I Plan de Igualdad (BOJA de 25 de mayo de 2006) sigue vigente en su totalidad, por lo que se sigue disponiendo de las horas complementarias de guardia y recreos, según los niveles educativos, para realizar dicha labor de coordinación.
Si en algún caso ha habido en los horarios personales omisión de este cumplimiento de la Orden citada, os rogamos nos lo hagáis saber a la mayor brevedad posible, a fin de poder realizar, desde DEGENA, las acciones oportunas al respecto.
3. Es nuestra intención formar un grupo de trabajo que, haciendo uso de una WIKI, pueda elaborar propuestas de borradores de Proyectos de Centro Coeducativos, que sirvan de referente para el profesorado que desee llevar esta acción en sus centros. Por ello, os adjuntamos un formulario (columna derecha del blog) para quienes quieran participar en este Grupo.
Esperamos vuestras respuestas y aportaciones.
Desde DEGENA, un abrazo y buen curso
sábado, 6 de marzo de 2010
8 de marzo: para reivindicar, educar y reflexionar...
Y además de ese deseo, también desde aquí, os hacemos una invitación a la reflexión en este 8 de marzo en el que se cumplen cien años del acceso de las mujeres a la Universidad. Esa reflexión viene de la palabra de Amelia Valcárcel, con una conferencia que, aunque es del año 2007, sigue teniendo vigencia. Como siempre, ella marca líneas nuevas de pensamiento. Se titula "Niñas a la escuela, mujeres al saber"
Escuchadla y disfrutadla.
viernes, 30 de octubre de 2009
Tenemos que hacernos oír...
martes, 2 de junio de 2009
--------------------------Propuesta para el ROC
PROPUESTA PARA SER INCLUIDA EN EL
Apartado x. Órganos de Coordinación docente y de orientación
DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
X. Órganos de coordinación docente y de orientación.
CUESTIONES:
a) Además de los órganos de coordinación docente existentes previstos en la LEA, ¿cree que se deberían crear otros?, ¿cuáles?, ¿cómo los justificaría?, ¿con qué competencias?
Propuesta
Debe incluirse en este punto la Coordinación en materia de Coeducación, ya existente desde el curso 2005-2006 en todos los centros educativos andaluces sostenidos con fondos públicos, cuya finalidad es la de impulsar la equidad de género en la comunidad educativa y la adopción de medidas, actuaciones y proyectos coeducativos en dicha comunidad, tendentes a una educación libre de estereotipos sexistas, tal y como se recoge en:
El I Plan de Igualdad entre hombres y mujeres en Educación, aprobado por CONSEJO DE GOBIERNO el 2 de noviembre de 2005, (BOJA número 227/2005 de 21 de noviembre)
Medida 2.3. En cada centro habrá una profesora o profesor responsable en materia de coeducación cuya dedicación sea considerada como mérito a efectos de promoción en los correspondientes baremos.
La ORDEN de 15 de mayo de 2006, por la que se regulan y desarrollan las actuaciones y medidas establecidas en el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, en sus artículos 3 y 4 (BOJA número 99/2006 de 25 de mayo)
Artículo 3. Docente responsable en materia de coeducación.
1. Todos los centros contarán con una coordinadora o un coordinador responsable en materia de coeducación, con la finalidad de impulsar la igualdad entre los sexos en su comunidad educativa.
2. El Director o Directora del centro, a propuesta de la Jefatura de Estudios, oído el Claustro de Profesorado, realizará la designación y la propuesta de nombramiento a la Delegación Provincial de Educación correspondiente, de la coordinadora o el coordinador responsable en materia de coeducación. Dicha designación se efectuará entre el profesorado funcionario de los centros docentes públicos o, en su caso, entre el personal laboral fijo de la Consejería de Educación del Programa de Educación de Personas Adultas y, preferentemente, con experiencia en coeducación. El nombramiento de este profesor o esta profesora tendrá la validez de un curso académico.
3. Las funciones de la coordinadora o el coordinador responsable en materia de coeducación serán las siguientes:
a) Promover un diagnóstico en el centro para conocer su realidad con respecto a la igualdad entre hombres y mujeres, identificando discriminaciones y estereotipos sexistas.
b) Proponer al Claustro y al Consejo Escolar medidas educativas que corrijan las situaciones de desigualdad por razón de sexo que hayan sido identificadas. Estas medidas y su desarrollo deberán reflejarse en el Plan Anual de Centro.
c) Colaborar con la persona experta en materia de género que se integre en el Consejo Escolar y, en su caso, con el profesor o la profesora que imparta la asignatura optativa "Cambios Sociales y Nuevas Relaciones de Género".
d) Realizar un informe sobre la evolución y grado de desarrollo global en su centro de las medidas contempladas en el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, donde aparezcan reflejadas las propuestas de mejora para el curso siguiente. Dicho informe será incluido en la Memoria Final de curso del centro.
e) Colaborar con el departamento de Orientación o, en su caso, con la Jefatura de Estudios, en la programación del Plan de Acción Tutorial del centro, con la inclusión de sesiones de tutoría coeducativas, entre las que se incluirán aquellas dirigidas a la prevención de la violencia de género y a una orientación académica y profesional sin sesgos de género.
f) Cooperar con el Equipo Directivo del centro en la mediación y resolución de conflictos desde el respeto a la igualdad entre ambos sexos.
g) Asistir y participar en aquellas acciones formativas a las que se les convoque, relacionadas con las prácticas coeducativas y el desarrollo del Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación.
Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, que en su Artículo 15, dedicado a la Promoción de la igualdad de género en los centros educativos, se recoge:
Artículo 15.2. La Administración educativa andaluza garantizará que todos los centros educativos cuenten con una persona responsable de coeducación, con formación específica, que impulse la igualdad de género y facilite un mayor conocimiento de los obstáculos y discriminaciones que dificultan la plena igualdad de mujeres y hombres mediante actuaciones y actividades dirigidas a:
a) Hacer visible y reconocer la contribución de las mujeres en las distintas facetas de la historia, la ciencia, la política, la cultura y el desarrollo de la sociedad.
b) Garantizar que el alumnado adquiera la formación adecuada para fomentar su autonomía personal y los conocimientos y habilidades para compartir responsabilidades domésticas, familiares y de cuidado, y contribuir a eliminar comportamientos y actitudes sexistas.
c) Incorporar el aprendizaje de métodos no violentos para la resolución de conflictos y de modelos de convivencia basados en la diversidad y en el respeto a la igualdad de mujeres y hombres, y visualizar ante el alumnado a los grupos de mujeres en situación de múltiple discriminación.
d) Fomentar la diversificación profesional como forma de promover una elección académica y profesional libre y como vía de eliminación progresiva de la segregación ocupacional vertical y horizontal.
e) Asesorar al profesorado en la puesta en práctica de actuaciones o proyectos de igualdad.
f) Promover el respeto a la libre orientación sexual y el rechazo a todo tipo de violencia o agresión sexual.
Todo lo anterior, recogido en nuestra normativa reciente, ha suscitado el reconocimiento de otras Comunidades Autónomas, calificándolo como avance pionero en medidas para la igualdad de género desde el ámbito educativo.
Sin embargo, aunque se ha avanzado, aún estamos lejos de conseguir unos centros coeducativos en los que tanto la organización escolar como el propio currículo, estén especialmente dirigidos a la eliminación de los estereotipos sexistas que conducen a la desigualdad de oportunidades y a la violencia de género. Por ello, se cree absolutamente imprescindible que se recoja la figura de coordinación docente en materia de coeducación, a la que se ha hecho alusión, a fin de que quede recogida -también en ese documento-, la apuesta decidida por la igualdad de nuestra comunidad autónoma, y se siga progresando en la línea de transformar los Proyectos Educativos de cada comunidad escolar en “Proyectos Coeducativos” que se configuren como “Planes de igualdad específicos” para cada centro educativo.